CARACHE PRONTO NOMBRARÁ NUEVO ALCALDE

Con los hechos ocurridos en los últimos días en el municipio Carache, dónde se conoció la inhabilitación del alcalde Yoanthi Domínguez, muchos ciudadanos  se preguntan: ¿qué viene ahora?, en nuestras leyes como lo es La Ley Orgánica del Poder Público Municipal; dice el procedimiento para sustituir un alcalde electo, específicamente en su  Artículo 87: 

«Las ausencias temporales del alcalde o alcaldesa serán suplidas por un funcionario  de alto nivel de dirección ejecutiva, que él mismo alcalde designe. Si la ausencia fuese por un período mayor de quince días contínuos, deberá solicitar autorización al Concejo Municipal. Si la falta temporal se prolonga por más de noventa días consecutivos, el Concejo Municipal, con el análisis de las circunstancias que constituyen las razones de la ausencia, declarará si debe considerarse como ausencia absoluta.»

Cuando la falta del alcalde o alcaldesa se deba a detención judicial, la suplencia la ejercerá el funcionario designado por el Concejo Municipal, dentro del alto nivel de dirección ejecutiva.

Cuando se produjere la ausencia absoluta del alcalde o alcaldesa antes de tomar posesión del cargo o antes de cumplir la mitad de su período legal, se procederá a una nueva elección, en la fecha que fije el organismo electoral competente.

Cuando la falta absoluta se produjere transcurrida más de la mitad del período legal, el Concejo Municipal designará a uno de sus integrantes para que ejerza el cargo vacante de alcalde o alcaldesa por lo que resta del período municipal. El alcalde o alcaldesa designado o designada deberá cumplir sus funciones de acuerdo al Plan Municipal de Desarrollo aprobado para la gestión.

Se consideran ausencias absolutas: la muerte, la renuncia, la incapacidad física o mental permanente, certificada por una junta médica, por sentencia firme decretada por cualquier tribunal de la República y por revocatoria del mandato.


Luego de expuesto una parte de la ley, se explica que en éste caso «la inhabilitación del Alcalde Yohanthi Domínguez», según lo expresa la página del Consejo Nacional Electoral (C.N.E), se toma como una ausencia absoluta,  por decisión de la Contraloría General de la República, motivo por el cual el alcalde debería cesar su ejercicio, ya que; todo acto emanado del mismo no tiene ningún efecto jurídico sin menoscabo de cometer el delito de usurpación de cargo.  Queda esperar el desarrollo  político y jurídico del tema y el pueblo de Carache sigue a la espectativa de los acontecimientos políticos.

Hernán Meléndez Reportero Comunitario.

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3 comentarios sobre «CARACHE PRONTO NOMBRARÁ NUEVO ALCALDE»

  1. Buenas noches la comunidad de la población de Cuicas nos céntimos abandonados, le hemos pedido a la alcaldía de Carache que por favor le agan un cariñito a la carretera entre el ramal de Cuicas y la población de el pueblo ,que está intransitable y no hemos tenido respuesta así no se gobierna

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